Certificado de Subdivisión de Predios Rústicos
Los propietarios/as de predios rústicos que deseen subdividir su propiedad sin cambiar el uso del suelo, deben solicitar al SAG un certificado que acredite que la subdivisión predial cumple con la normativa vigente al igual que los planos de subdivisión que acompañan a la solicitud.
Esta certificación se aplica sólo a aquellos predios de aptitud agrícola, ganadera y forestal, ubicados fuera de los límites urbanos o fuera de los límites de los planes reguladores intercomunales de Santiago y Valparaíso, y del plan regulador metropolitano de Concepción. En estos casos se debe solicitar en los municipios correspondientes.
La superficie de los lotes resultantes de la subdivisión no puede ser inferior a 0,5 hectáreas físicas.
Para obtener esta certificación presentar la siguiente documentación:
- Solicitud de subdivisión de predios rústicos, firmada por el propietario/a del predio, o su representante legal. Incluir RUT del propietario/a y dirección postal.
- Si el propietario/a es una persona jurídica, se debe acreditar la vigencia de la sociedad o comunidad, y acompañar los antecedentes que acrediten su representación legal.
- Copia de inscripción de dominio del predio con certificación de vigencia, en original, con una antigüedad inferior a 30 días (Conservador de Bienes Raíces).
- Certificado de avalúo fiscal con clasificación de suelo, en original o fotocopia autorizada (Servicio de Impuestos Internos).
- Certificado de Informaciones previas, que señale que el predio está ubicado en el sector rural, en original y con antigüedad inferior a 30 días (Dirección de Obras Municipales).
- Cinco copias de plano de subdivisión, elaborado y suscrito por un profesional competente (ingeniero agrónomo, ingeniero forestal, ingeniero civil, arquitecto, constructor civil o topógrafo) y por el propietario, con clara demarcación de los deslindes y superficie de los lotes resultantes, caminos y servidumbres, a escala apropiada. Debe incluir un croquis de ubicación respecto a lugares y vías de comunicación importantes.
ESCALAS EXIGIDAS |
Tamaño de los lotes o parcelas resultantes, en hectáreas |
Escala no superior a |
Menos de 1,0 |
1:2.000 |
1,0 – 10,0 |
1:5.000 |
10,0 – 100,0 |
1:10.000 |
Más de 100,0 |
1:20.000 |
ATENCION:
No requieren realizar este trámite los propietarios/as que deseen transferir parte del predio, a cualquier título, a un familiar (ascendiente o descendiente) para que construya su vivienda y que cumpla los requisitos para postular al subsidio habitacional rural.
COSTO DEL TRAMITE
0,14 UTM
www.sag.gob.cl
Fono – Consultas: 600 81 81 724
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