Inicio de Actividades Ley de Alcoholes
Todas las personas naturales o jurídicas que produzcan, elaboren, envasen, comercialicen, importen, exporten vinos, bebidas alcohólicas, licores, vinagres y alcoholes, deben comunicar al SAG el inicio de actividades de acuerdo a la Ley Nº 18.455. Esta obligación incluye a productores, elaboradores, envasadores y distribuidores, como también a botillerías y restaurantes, entre otros.
Este trámite se debe realizar en el plazo de 30 días desde la fecha de presentación de la Declaración Jurada de Inicio de Actividades ante el Servicio de Impuestos Internos (SII).
Para este trámite debe presentar los siguientes documentos:
_ Inicio de Actividades SII.
_ RUT.
Este trámite tiene un costo de 0,14 UTM.
Observaciones
Los usuarios/as deben comunicar al SAG las modificaciones que ocurran referidas al inicio de actividades como: cambio de domicilio, cambio de razón social, ampliación de giro, y el término de actividades.
Credencial para la Compra de Alcohol Etílico
Para comprar alcohol etílico todas las personas naturales o jurídicas que produzcan, elaboren, envasen, comercialicen, importen, exporten, lo utilicen como insumo dentro de sus procesos productivos o empleen en distintos usos, deben contar con una credencial de usuario de alcohol, la cual es otorgada por el SAG.
Para este trámite debe presentar los siguientes documentos:
_ Inicio de actividades ante el SII.
_ RUT.
_ Registro SII para usuarios de alcohol potable.
_ Comunicación de inicio de actividades ante el SAG.
Este trámite tiene un costo de 0,14 UTM.
Observaciones
La credencial de alcoholes debe renovarse anualmente. Su vigencia se extiende hasta el 31 de Enero de cada año.
FONOCONSULTAS: 600 81 81 724
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